Amado Boudou, o la efímera sensación de triunfo

Boudou piensa en la Corte

El argumento populista mediático -de hecho así quedó reflejado en los medios y en lo que en definitiva permanece en la opinión pública- fue la pandemia que nos tiene a casi todos «acuarentenados», el coronavirus COVID-19. Vamos a llamarlo «la excusa«. Pero el sostén jurídico, que es lo que miran los jueces superiores, y leído que fue el fallo, éste es por demás endeble, según evaluaron fuentes judiciales. Refiere a una vieja discusión de abogados y jueces sobre cuándo una condena está firme y la pena es ejecutable, algo que ya parecía zanjado puertas adentro de los tribunales en los últimos años.

Del ex vicepresidente de la Nación Amado Boudou hablamos, de su indecoroso, vergonzoso y delictual papel en el escándalo de la empresa calcográfica Ciccone y de su reciente excarcelación pese a la condena a cinco años y diez meses de prisión confirmada por otro tribunal de apelación, la Cámara Federal de Casación Penal, cuando apenas lleva cumplido un año y ocho meses de la pena que se le impuso. Los pactos internacionales a los que adhirió la Argentina hablan de la garantía de la doble instancia para asegurar la aplicación de justicia ante una persona sometida a un proceso judicial y/o penal en este caso, lo que aquí ocurrió.

Sin embargo, el juez Daniel Obligado, en medio de la feria judicial por la pandemia, echó mano a una jurisprudencia casi olvidada por la mayoría de sus colegas para decir que la sentencia dictada en contra de Boudou no está firme y que por eso debe permanecer fuera de la cárcel a la espera de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación decida la suerte de su «recurso de queja», el último manotazo de su defensa, al menos en una modalidad de prisión domiciliaria. El magistrado alegó la pandemia y «los riesgos personales» de Boudou «en relación a su núcleo familiar conviviente», su esposa y dos hijos con los que no convivía hacía más de un año y con los que ahora se encuentra en su domicilio.

Desde el otro lado de la biblioteca bien podría alegarse que al no estar totalmente determinada la patología y sintomatología del COVID-19 -se puede ser portador del virus sin que se lo sepa- el envío de Boudou de la cárcel a su casa podría ser más perjudicial que beneficioso para su familia. El juez citó que Boudou no tiene relación con uno de sus hermanos, que el otro vive en el interior del país y que su esposa se encuentra sola a cargo de sus hijos ya que tiene a su padre enfermo en México y no puede viajar a la Argentina, además de las restricciones para vuelos internacionales.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el año pasado la sentencia dictada un año antes por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 (TOCF4), que lo condenó a cinco años y diez meses de prisión por los delitos de cohecho (coimas, aunque en este caso no como cobrador sino como pagador; debe ser el primer caso en la política) y negociaciones incompatibles con la función pública. Casación confirmó la sentencia y luego rechazó el recurso extraordinario para que fuera a discutir su desgracia en la Corte. Ese acto procesal torna ejecutable la pena, según el uso y costumbre y las explicaciones recibidas por este cronista de fuentes judiciales. De hecho, se la dio por iniciada y, a su pedido, se le contabilizaron a su favor dos meses y medio que había estado encarcelado incialmente en forma preventiva en una causa conexa, por lo que le serán quitados a la hora de la cuenta final.

Sin embargo, el juez Obligado dijo que no. Boudou tiene derecho a la libertad hasta que la Corte resuelva su último recurso de apelación, esgrimió el magistrado, palabra más palabra menos, al sostener que aún no hay una sentencia firme porque el máximo tribunal tiene la última palabra y aún puede dar vuelta la cosa. Difícil, bastante difícil, que ello ocurra. Por eso lo de la palabra «efímera» en el título, más aún cuando la Cámara Federal de Casación Penal puede revocar esta prisión domiciliaria en un par de semanas si es que el fiscal Marcelo Colombo, o quien lo reemplace en la feria, apela la decisión de Obligado.

Lo curioso es que el mismo magistrado había dicho lo contrario diez días atrás. Obligado le había rechazado a la defensa de Boudou el argumento para sacarlo de la cárcel y mandarlo a su casa con una tobillera electrónica a causa de la pandemia. ¿Qué pasó entremedio? Que la Corte también le dijo que no a través del voto unipersonal del presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, quien citó los primeros argumentos de Obligado, pero también que la Casación recomendó a todos los magistrados inferiores atenerse a recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en torno a los encarcelamientos y la «morigeración» de las penas a partir de la superpoblación carcelaria, el hacinamiento y el coronavirus.

Boudou no se encontraba en el grupo de riesgo de un informe elaborado por el Servicio Penitenciario Federal (SPF) por orden de la Cámara de Casación y a pedido de organismos e instituciones estatales defensoras de los derechos humanos como el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT). Es más, el ex ministro y ex vicepresidente no compartía celda y estaba dentro de un pabellón especial en la cárcel de Ezeiza, reducido a presos condenados o procesados por casos de corrupción. Boudou ya fue condenado por un tribunal oral en una sentencia ratificada por otros jueces en una instancia superior. Sin embargo, Obligado lo considera aún un procesado y no un condenado, contrariando lo dispuesto en un fallo plenario de la Casación conocido como «Agüero» y aplicado mayoritariamente por los jueces federales como los de Comodoro Py.

Tirada la primera piedra sobre el escandaloso caso ocho veranos atrás a partir de los dichos de la despechada esposa de un socio de Boudou -de Laura Muñoz y Alejandro Vandenbroele hablamos- y enterado este cronista de que había un concurso de acreedores de por medio, un expediente judicial de acceso público, no hubo más que ir a la fuente, ver los papeles y confirmar que lo de la imprenta Ciccone se trataba de un burdo y fácilmente detectable ejemplo de corrupción estatal. Uno aún se pregunta cómo el entonces titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, todavía no fue juzgado por ello.

En una actitud insólita, la AFIP comandada por Echegaray pidió en la primavera de 2010 la quiebra de Ciccone para permitir el desembarco de fondos de una firma difusa para su salvataje y la entrega de la empresa a un grupo de allegados al entonces ministro de Economía. Luego, la AFIP retiró el pedido de quiebra. A esto solía llamársele «robo de guante blanco«. La historia posterior es conocida. Saltó por la prensa a través de la esposa despechada y, ante el escándalo, el kirchnerismo, con el voto de sus legisladores, decidió expropiar la firma sin que nadie reclamara ser dueño de ella. Corrupción argentina. No está de más recordar que la ex Ciccone imprime el papel moneda de circulación legal en el país.