¿Y ahora? ¿Quién podrá defendernos?

Tal como era de prever, el fiscal Marcelo Colombo apeló, y con duros términos, la decisión del juez Daniel Obligado de otorgarle el beneficio de la prisión domiciliaria al recluso ex vicepresidente de la Nación Amado Boudou. Ahora menudo dilema tendrán los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal que deberán resolver el asunto. ¿Lo devolverán a la cárcel, como pidió el fiscal y se supone que harían en tiempos normales? ¿O lo dejarán en su casa para evitar que regrese al penal de Ezeiza con el riesgo de ser un transmisor extramuros del virus que tiene paralizado a medio mundo? ¿O será que todo estaba «fríamente calculado«, como diría el Chapulín Colorado?

¿Y ahora, quién podrá defendernos?, preguntaría en nombre de los otros presos del penal de Ezeiza uno de los personajes que acompañaban a Roberto Gómez Bolaños en El Chavo del Ocho, Quico, en caso disponerse el regreso de Boudou a prisión. Lo llamativo es que de la lectura de la polémica resolución del juez Obligado no surge que se le haya hecho un test para saber si es portador del virus. El magistrado le concedió la prisión domiciliaria sin que se encontrara en «grupo de riesgo» y con un combo de dos argumentos bastante amañados: el riesgo de contraer el virus en la cárcel y dejar a sus hijos huérfanos -no lo dijo con esas palabras pero eso se desprende de su texto- y una inapropiada interpretación de que su condena no se encuentra firme, según evaluaron fuentes judiciales.

En cambio, la principal razón del fiscal para pedir a Casación que se revoque el beneficio otorgado es que Obligado no lo consultó a la hora de resolver el asunto. Por ello pidió directamente la nulidad de la resolución del magistrado. No sería extraño que tras la pandemia y cuando se normalice el trabajo de los tribunales y el aparato judicial, alguien haga una presentación ante el Consejo de la Magistratura para pedir el juicio político de Obligado. Este magistrado ya había tenido una polémica intervención seis años atrás cuando, también de manera individual, excarceló a uno de los líderes de la siempre misteriosa y violenta agrupación Quebracho, Fernando Esteche, según recuerdan los memoriosos de Comodoro Py.

«La oficiosa y solitaria decisión de disponer casi a escondidas este arresto domiciliario sin intervención del Ministerio Público Fiscal, en el marco de un incidente de ejecución de la pena, pena que por otra parte se afirma no se estaría aún ejecutando, viola las reglas del debido proceso penal«, sostuvo Colombo en su apelación. Para el fiscal, la resolución firmada por Obligado es «invariablemente nula«.

También escribió Colombo que «la decisión adoptada por el juez al disponer una prisión domiciliaria en base al impacto que la pandemia Covid-19 ha tenido en el grupo familiar del imputado, y porque su pareja ‘resulta único sostén económico y emocional’, resulta tan arbitraria como impertinente y alejada absolutamente de las circunstancias particulares del caso».

«La situación de quien resulta detenido y tiene familia a cargo trae siempre como inevitable (y lamentable) consecuencia asociada la afectación de su núcleo familiar en términos económicos y emocionales, más allá de cualquier virus que circunde o no», sostuvo sin ambages el fiscal de juicio que había pedido y logrado la condena de Boudou en el escandaloso caso de la imprenta Ciccone Calcográfica.

Además, Colombo recordó que Obligado había dicho exactamente lo contrario diez días antes, al denegar la original solicitud del ex funcionario kirchnerista, y destacó que la última decisión de ese magistrado es «arbitraria por contradecir lo ya resuelto por su tribunal superior sobre esta misma cuestión», en alusión a la Cámara Federal de Casación Penal.