Cierre definitivo a la causa contra Gustavo Cordera

Lo dispuso el juez Castelli al cumplirse las pautas de la probation.

El juez federal Germán Castelli -sí, el mismo de los traslados que llegaron a la Corte y tanto ruido hicieron en la política, ahora en efectivo ejercicio de sus funciones nuevamente- decretó este martes el cierre definitivo de la causa contra el músico Gustavo Cordera por las polémicas declaraciones que hizo sobre sexualidad y género en una charla ante alumnos de comunicación -la carrera que él mismo siguió antes de convertirse en un músico famoso con el grupo Bersuit Vergarabat- y que trascendieron hasta marcarle un antes y un después en su vida, al menos en lo profesional.

Cordera, radicado hace doce años en la localidad balnearia uruguaya de La Paloma, cerca de Punta del Este, recibió el broche del episodio judicial a través del fallo unipersonal firmado por Castelli en nombre del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 7 (TOCF7), el mismo del que este juez había sido desplazado por el gobernante Frente de Todos (FdT) y en el que la Corte Suprema de Justicia de la Nación lo repuso al menos transitoriamente hasta que se cubra el cargo que ocupa a través de un concurso. El magistrado había cobrado notoriedad por ser uno de los jueces que en ese tribunal deberá juzgar a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en el caso de «los cuadernos de las coimas».

Comodoro Py es famoso por sus causas políticas, tanto las que salen en los diarios como las que duermen en sus estantes. Pero la vida diaria de sus tribunales transcurre en causas menores por tenencia de drogas para consumo personal o como la que le tocó a Cordera en suerte por denuncia del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) por su declaración semipública en un mundo cada vez menos privado. La primera abogada del músico fue Marta Nercellas, quien representó justamente a la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) en el juicio por el atentado contra el edificio sede de la institución junto con el de la Asociación de Mutuales Israelitas Argentinas (AMIA) que mató a 85 personas.

«Es una aberración de la ley que si una pendeja de 16 años con la concha caliente quiera coger con vos, vos no te las puedas coger. Hay mujeres que necesitan ser violadas para tener sexo porque son histéricas y sienten culpa por no poder tener sexo libremente. Es un juego al que a mí no me gusta jugar pero a alguna gente sí», había dicho Cordera en agosto de 2016 en una charla ante alumnos de periodismo de TEA Arte, una rama del conocido instituto terciario de periodismo. Se trataba de un evento privado, como ejercicio para los estudiantes, pero uno de ellos lo subió a la red social Facebook y lo agregó como comentario a la página de fans del músico. Cordera estaba en promoción de su disco Tecnoanimal pero le recomendaron bajar la exposición ante la difusión del caso y desapareció de escena por un par de años.

El inconcluso estudiante de Comunicación orientada a la publicidad en la Universidad Nacional de Lomas de Zamora fue procesado por incitación a la violencia colectiva pero logró empezar a cerrar el caso cuando pasó a ser representado justamente por un abogado «mediático», Fernando Burlando. Evitó ir a juicio en abril de 2019 al aceptar la probation que de inicio rechazaba en la causa que tramitaba en el juzgado del ahora jubilado Rodolfo Canicoba Corral con intervención del fiscal Ramiro González en Comodoro Py. Pero le rechazaron una de las medidas allí acordadas para cerrar el caso, un video de disculpas por sus palabras. Según el TOCF7 no mostraba arrepentimiento. Hizo uno nuevo y se lo aprobaron.

Ahora el mismo tribunal, con la firma de Castelli, dio por cerrado definitivamente el asunto al verificarse el cumplimiento de todas las medidas acordadas por el acusado con la fiscalía especializada de violencia contra las mujeres (UFEM), o algunas de ellas dada la pandemia del coronavirus Covid-19. Esto era fijar domicilio, «abstenerse de hacer declaraciones públicas que explícitamente promuevan, naturalicen o legitimen la violencia sexual contra las mujeres», tomar un curso de capacitación sobre «género y cultura» concretado en Montevideo y no en Buenos Aires y que versó sobre «Masculinidades y Femineidades en la Intersubjetividad» a partir de «aportes del psicoanálisis con perspectiva de género», además de realizar dos recitales a beneficio finalmente no efectuados por la cuarentena y hacer «una retractación y pedido de disculpas» público. Este era el paso que fracasó inicialmente y en agosto fue aprobado.

«Con relación a éste último punto, debo hacer notar que no sólo dicha cuestión fue acreditada por la defensa, sino que además, se cuenta con la constancia actuarial de fecha 26 de agosto, a través de la cual se dejó asentado que ‘… se procedió a compulsar las redes sociales del imputado, por medio de los links aportados por la defensa, pudiendo constatarse que se encuentra subido el video de retractación y disculpas públicas filmado por el nombrado y que fuera aprobado por este Tribunal el pasado 20 del corriente mes y año'», sostuvo Castelli en su resolución, a la que Juez y Parte tuvo acceso.

«En efecto, habiéndose acreditado el cumplimiento de la totalidad de las reglas de conducta impuestas, el suscripto entiende que se dan en la especie los presupuestos normativos que habilitan al dictado de una resolución extintiva de la acción penal, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 76 ter, párrafo cuarto, primera parte del Código Penal», concluyó el magistrado.