Mauri, ¿a favor o en contra de Macri? (no es chiste)

La fiscal dijo que el juicio de la IGJ por los Panama Papers debe ir al juzgado inicial.
En el nombre del padre. Macri, en la entrevista con Pablo Sirven, en LN+. (Captura de TV)

Perdón, lector, si lo confundo. Usted pensará que lo hago a propósito pero no es así. Estamos trabajando en reducir el margen de duda. Los nombres del título de esta nota son tan reales como los que encontramos para hacer chistes en la sección Carátulas, donde sí van adrede. Pero esto va en serio y no es broma. Mauri es el apellido de la fiscal que debió dictaminar en la reciente demanda civil planteada por el inspector general de Justicia, Ricardo Nissen, contra el ex presidente Mauricio Macri para determinar si hubo una «cosa juzgada írrita» o fraude en el fallo que lo desvinculó tres años atrás de dos sociedades reveladas por los famosos Panamá Papers. Mauri, que se llama Mónica, dijo que la «acción declarativa de certeza» solicitada por Nissen debe ir al juzgado original que dictó la sentencia -una declaración judicial del mismo tipo- y no tramitar en donde quedó radicada por sorteo. Aquí va la historia de Mauri ¿con o contra Macri?

La noticia se conoció esta semana, que quedará como una semana peronista por la vuelta a la calle de la movilización del aparato sindical que dio sustento al Partido Justicialista (PJ) tras las protestas «espontáneas» de opositores al gobierno de Alberto Fernández. Pero también fue una semana macrista. El ex presidente volvió al ruedo tras su salida del poder con entrevistas mediáticas a granel que continuarán. Primero fue TN, con Joaquín Morales Solá, después una radio chaqueña, luego Infobae y finalmente La Nación +. Según dicen, habrá más radios y más canales de TV en los próximos días.

En medio del raid mediático se conoció la demanda de Nissen -que bien puede ser leída como una movida más del kirchnerismo contra el ex presidente- y se firmó este dictamen de Mauri que aquí informamos y publicamos. La fiscal ante los juzgados de primera instancia de los fueros Civil y Comercial (nacionales) dijo que el planteo de Nissen debe tramitar en el juzgado 104, donde tres años atrás Macri obtuvo un fallo a favor y no en el 35, a cargo de José Luis Bournissen. Recuerdo este tribunal por otros motivos (una infructuosa demanda de un colega contra otro muy curiosa en su resultado y la pericia psicológica que inclinó la balanza en su contra). Bournissen incluso le preguntó a Mauri si la nueva demanda no debía ir al juzgado donde estaba radicada la herencia de Franco Macri, el padre del ex presidente.

La fiscal dictaminó que la acción iniciada por el titular de la IGJ debe ser analizada en el juzgado 104, a cargo de Andrés Fraga, el mismo que a pedido de Macri declaró en su fallo de 2017 que el entonces Presidente de la Nación «no fue socio ni accionista» de las sociedades panameñas Fleg Trading y Kagemusha reveladas por los Panamá Papers ni que haya recibido pago alguno de ellas y que fue director por designación de su padre, el fallecido Francisco Macri, sin que él lo supiera. Si Macri hubiera sido propietario de ellas debiera haberlas incluido en su declaración jurada de bienes.

«La doctrina mayoritaria considera que la acción de nulidad de la cosa juzgada írrita debe promoverse ante el mismo juez que dictó la resolución», señaló la fiscal Mauri al citar para ello textos del abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez y del ex juez de la Corte Suprema bonaerense Juan Carlos Hitters. «Soy de opinión que V.S. (Bournissen) debe declararse incompetente para entender en las presentes actuaciones y disponer su remisión al Juzgado de Primera Instancia en donde tramita la causa en que se dictó la sentencia cuya nulidad aquí se persigue», dictaminó Mauri ante la consulta del juez.

Según con quien se consulte, como en todas las cuestiones de Derecho, una biblioteca más jurídica dice que lo dispuesto por la fiscal es lo normal y adecuado y que el juez que ya intervino incluso podría fallar de distinta manera si es que tiene a la vista nuevos elementos que no tuvo en cuenta a la hora de resolver originalmente el caso. No parece ser este el caso. La otra biblioteca más política señala que Fraga debería excusarse porque si falla de la misma manera que en 2017 «se incinera» y si, por el contrario, aceptara la demanda «sería medio incoherente» con su anterior pronunciamiento, según los términos utilizados por una de las fuentes consultadas para esta nota. La pelota está ahora del lado de Bournissen.

Para justificar su acción, el titular de la IGJ alegó que «el contexto» del «escándalo» de los Panamá Papers «demandaba de la administración judicial argentina un pronunciamiento válido y un debido proceso, jamás alcanzado en virtud del juicio fraudulento desarrollado en las actuaciones aquí impugnadas». Nissen recordó que el fallo de Fraga -aún juez de primera instancia pese a haber sido promovido por Macri para camarista- fue señalado en una causa penal seguida contra el ex presidente por presunto enriquecimiento ilícito en la que terminó sobreseído y en otras investigaciones en jurisdicción federal.

«Demostraré que el procedimiento objetado fue urdido con fraude a las leyes de la competencia jurisdiccional, omitiéndose -dolosamente- integrar la litis con todos los sujetos legitimados para esclarecer la relación jurídica sustancial, simulando burdamente un contradictorio inexistente para producir prueba espuria, sin control de una contraparte real o del fiscal penal, con el fin de obtener una sentencia “a medida” que pudiera invocarse para eludir la acción de la justicia penal ante el presunto delito de lavado de dinero y evasión fiscal del entonces Presidente de la Nación Argentina, Mauricio Macri», sostuvo Nissen en uno de los largos párrafos de su demanda de 63 páginas, a la que Juez y Parte tuvo acceso y aquí se acompaña.

De acuerdo con Nissen el caso debiera haberse tramitado inicialmente en el fuero Comercial y no Civil, donde únicamente se evaluó la versión de «los propios interesados», según dijo en su escrito. «Si los hechos invocados por las partes, Mauricio y Francisco Macri, fueran ciertos, no se advierte cuál sería la razón entonces para tramitar, en connivencia, un proceso ante un juez civil incompetente, excluir de la litis a los demás titulares de la relación jurídica, ocultar el trámite del acceso a terceros por medios ilegales y producir pruebas sin eficacia probatoria, asegurándose la ausencia del control de un contradictor verdadero y, sobre todo, de un Magistrado especializado en materia mercantil», señaló.

Como única prueba Nissen ofreció las sentencias judiciales relacionadas con el caso y las declaraciones como testigos de dos diputados nacionales oficialistas que investigaron y denunciaron a Macri por los Panamá Papers (el ahora secretario de Energía Norman Darío Martínez y Gabriela Cerruti), una camarista del fuero Civil que denunció una persecución de la IGJ macrista hacia jueces identificados con la agrupación Justicia Legítima (Marcela Pérez Pardo) y un abogado llamado Darío Sergio Antinori entre cuyos antecedentes figura el de haber denunciado al fiscal José María Campagnoli en plena campaña para correrlo del cargo por su investigación de la llamada «ruta del dinero K».

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