Vicentin: para el Gobierno hay un conflicto de poderes

Como si no hubiera alcanzado con lo expresado y dispuesto en el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 522/2020 de la discordia, el Gobierno nacional le puso la semana pasada nombre y apellido en un expediente judicial a la situación planteada con la empresa cerealera Vicentin: conflicto de poderes. Así figura en la ¿contrademanda? planteada por el Estado a través del Ministerio de la Producción en el fuero en lo Contencioso Administrativo federal de la Capital Federal para contrarrestar las malas noticias llegadas desde los tribunales de la ciudad santafesina de Reconquista, donde se tramita el concurso de acreedores de la firma.

«Lo cierto es que con la resolución dictada se han suspendido ilegítimamente los efectos del DNU, lo que evidencia una clara intromisión en las facultades propias y excluyentes del Poder Ejecutivo Nacional y-en cuanto a su primigenio contralor-del Poder Legislativo Nacional, que es el órgano que por mandato constitucional debe expedirse acerca de la validez o invalidez del DNU conforme lo establece el procedimiento dispuesto en la Constitución Nacional (art. 99 inc.3) y en la Ley N°26.122», dice el texto firmado en nombre del Gobierno por el abogado Juan Ignacio Rodríguez Jalón en su página 19.

«Se ha configurado, de esta manera, una transgresión patente al principio de División de Poderes, toda vez que un magistrado provincial ha cercenado ilegítimamente la esfera de facultades propias de dos de los Poderes del Gobierno Federal (los órganos Ejecutivo y Legislativo); e incluso ha invadido la esfera competencial de la Justicia Federal», se completó la idea con las palabras malditas. «Transgresión patente al principio de división de poderes». Ergo, hay un conflicto de poderes, según el propio Gobierno encabezado por Alberto Fernández.

El presidente de la Nación ya lo había sugerido el mismo día del fallo del juez Fabián Lorenzini que había desplazado a los interventores de la firma puestos por el Gobierno a través de ese decreto y repuesto a los directores de Vicentin en el control de la firma. El juez -y aquí la principal crítica a su fallo- se había declarado incompetente para analizar la constitucionalidad del decreto objetado por los abogados de la firma pero a la vez modificó cuestiones que se disponían en ese DNU. Un sinsentido, para los abogados del oficialismo.

Lo paradójico es que la declaración de inconstitucionalidad del decreto había sido pedida por los abogados de la propia Vicentin y no, obviamente, por quien lo firmó, Alberto Fernández y todos sus ministros. Sin embargo, quien quiere ahora que se revise esa decisión del juez santafesino de no analizar la constitucionalidad del decreto es el propio Gobierno y no la empresa. Otro sinsentido.

La demanda quedó en manos de la jueza Alejandra Biotti pero no sería raro que ella también se declare incompetente y la derive al juzgado federal de Reconquista. Para el abogado del Ministerio de la Producción, el fallo de Lorenzini es «un típico caso de sentencia arbitraria», según los «estándares» de la Corte Suprema, porque «la decisión no constituye una aplicación razonada del derecho vigente a la luz de las constancias de la causa», en alusión al concurso de acreedores tramitado en la justicia provincial santafesina.

«No existe motivo para que el juez dejara de aplicar una norma dictada por el Poder Ejecutivo Nacional», añadió el abogado del Estado, quien también calificó de «incoherente» y «contradictorio» al texto rubricado por el juez santafesino, quien ya fue ratificado al frente del concurso de acreedores por sus superiores de la Cámara de Apelaciones.

La jueza Biotti le pasó el caso al fiscal Fabián Canda para que primero analice si es urgente como para habilitar su tratamiento durante la feria extraordinaria de los tribunales nacionales porteños a raíz de la pandemia del coronavirus Covid-19 y, en caso afirmativo, que emita un dictamen sobre la inhibitoria planteada por el Gobierno para que no intervenga el juez santafesino y sí lo haga el fuero Contencioso Administrativo federal.

Como curiosidad del escrito de inicio de demanda, al que Juez y Parte tuvo acceso, el abogado Juan Ignacio Rodríguez Jalón pidió al juez que le tocara el caso autorización para que ¡medio centenar! de jóvenes colegas puedan consultar el expediente y llevar adelante trámites con él relacionados. Jamás había visto este cronista tal número de abogados delegados por el principal en cualquier tipo de juicio.