La Corte tratará el pedido del Senado para votar en forma remota

El presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Carlos Rosenkrantz, habilitó la feria judicial extraordinaria para que el máximo tribunal trate el planteo del Senado para poder debatir y votar de manera remota proyectos de ley en medio de la cuarentena por la pandemia del coronavirus Covid-19 y remitió el caso este viernes a la Procuración General para que emita su opinión, que no será vinculante.

De esta manera, la acción declarativa de certeza rubricada por la ex presidenta Cristina Fernández en su calidad de vicepresidenta de la Nación y titular del Senado comenzó a recorrer su camino por las oficinas judiciales. Asignado a la Secretaría Judicial 1 del máximo tribunal con el número de expediente 353/2020, el caso llevado a la Justicia por el Senado alega una situación de «gravedad institucional» para pedirle a la Corte que tome cartas en el asunto. La Procuración tiene 48 horas hábiles para dar su dictamen, por lo que se supone que el miércoles a primera hora llegará su respuesta a la Corte.

La presentación firmada por la ex presidenta y elaborada por la directora de Jurídicos de la Cámara alta, Graciana Peñafort, hasta no hace mucho abogada defensora de ex funcionarios de los gobiernos kirchneristas en complicadas causas penales, incluidas las de la viuda de Néstor Kirchner, tiene varios errores de tipeo, conceptos muy discutibles y hasta párrafos «cuasi temerarios», según evaluaron fuentes parlamentarias opositoras basadas en la versión subida a la página web del Senado.

«De vuestra respuesta y de la prontitud de la misma dependen millones de vidas humanas señores Ministros de la Corte», se esgrime en el escrito de inicio de demanda colgado en la web del Senado al final del capítulo en el que Peñafort y la ex presidenta alegan sobre la «gravedad institucional» provocada por el coronavirus y el funcionamiento de las instituciones republicanas para sancionar leyes en medio de la pandemia que ya costó más de un centenar de muertes en el país y superó los 150 mil fallecimientos en todo el mundo.

Mientras desde la oposición reclaman la reanudación de la actividad del Senado de la manera tradicional, con los recaudos del caso por la pandemia, diversas fuentes, tanto en el Congreso como en los tribunales, sostienen que esa Cámara, al igual que la de Diputados, son autosuficientes para reglamentar sus propias actuaciones y que no es necesario pedirle a la Corte certeza alguna sobre la legalidad de sesionar de manera remota.

En esa línea, y con las declaraciones públicas de voceros oficialistas como botón de muestra, esas mismas fuentes estiman que la presentación judicial de la ex presidenta tiene como único objetivo el de dejar atada a la Corte a una temprana toma de postura ante la eventualidad de que en el futuro sea objetada en los tribunales, por haber sido aprobada fuera del recinto, una ley surgida de un proyecto que aún ni siquiera se presentó: el impuesto excepcional a la riqueza.

Y, en ese sentido, las fuentes no dejan de observar que el texto de la demanda menciona en sus primeras páginas la nota de tapa de la última edición dominical del diario Clarín, donde se informó sobre el record de decretos de necesidad y urgencia firmados por el presidente Alberto Fernández, y las medidas cautelares dictadas por la Justicia que frenaron la aplicación de leyes, en obvia alusión a la ley de Medios y la llamada «democratizacion de la Justicia» durante el segundo mandato presidencial de Cristina Fernández.

El planteo llevado a los tribunales tiene absoluta lógica. Hay una cuarentena vigente por decreto para garantizar un distanciamiento social que evite el contagio de un virus que no tiene cura y muchos senadores mayores de 65 años que conforman el grupo de riesgo y que bien podrían votar de manera remota, por internet, desde sus casas. Lo «ilógico», se quejan las fuentes opositoras, es por qué se esgrime el tema del impuesto a la riqueza y no se pide la opinión de la Corte para que todos los proyectos de ley puedan ser debatidos, y eventualmente aprobados, de manera remota.

Seguramente advertida de lo que sucedía dentro del propio tribunal para encaminarse a reglamentar el funcionamiento excepcional de los tribunales y la firma de resoluciones por parte de los jueces de manera electrónica y desde sus domicilios, la ex presidenta aguardó a que salieran esas dos acordadas de la Corte Suprema para luego hacer la presentación en nombre del Senado. Es más, la disposición de la Corte para la actividad de los tribunales es citada en la demanda del Senado a modo de ejemplo para justificar la validez de su propio planteo.

Es justamente por este detalle y por la cita que se hace en la presentación del propio reglamento de la Cámara alta que el máximo tribunal probablemente diga a modo de respuesta que el Senado está habilitado para disponer su propio funcionamiento, sin abrir juicio de valor sobre la legalidad del voto electrónico a distancia, según estimaron fuentes judiciales.