Y un día llegó a la Corte la reforma judicial (paralela)

Dos camaristas fueron en per saltum al tribunal para evitar ser corridos de sus cargos.

Viejos tiempos. El dilema de la Corte ante el kirchnerismo, ahora con otra composición y dos jueces nuevos. (Fotomontaje: Neus van der Javo)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya registró este martes el «per saltum» realizado por los abogados de dos jueces que temen ser desplazados ilegítimamente de los cargos que ocupan en la estratégica sala I de la Cámara Federal penal porteña en paralelo a la llamada «reforma judicial» tratada en el Senado a través de un proyecto de ley. Se trata de los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, a quienes el Gobierno exige una nueva ratificación parlamentaria a raíz de sus traslados por decreto durante el gobierno de Mauricio Macri desde otras funciones distintas a las que actualmente cumplen en los tribunales de Comodoro Py.

Los jueces pidieron que a través del «salto de instancia» -una posibilidad anticipada el fin de semana por Juez y Parte– el máximo tribunal intervenga en sus casos ante el riesgo inminente de ser desafectados de sus cargos si no logran obtener un nuevo acuerdo del Senado de la Nación, como presumen y para lo cual ya se inició el procedimiento. Pretenden que la Corte revoque el fallo de la jueza de primera instancia que les rechazó un amparo, María Alejandra Biotti, sin esperar la decisión de la Cámara de Apelaciones del fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, a la que igualmente también apelaron.

El per saltum es un remedio procesal regulado recientemente por ley y se aplica para casos de gravedad institucional. En caso de ser admitido el tratamiento del mismo se suspenderán automáticamente los efectos de la sentencia impugnada y las partes afectadas tendrán cinco días para exponer sus derechos, en este caso el Estado Nacional, a través del Consejo de la Magistratura. Una vez con los argumentos expuestos se expide la Corte, sin fijación de plazos en la norma.

«Es evidente que la sentencia impugnada es arbitraria en los términos de la jurisprudencia de la CSJN (Corte Suprema de Justicia de la Nación) en tanto no constituye una derivación razonada del derecho vigente, incurre en contradicciones inadmisibles al apartarse de los propios hechos destacados en el fallo bajo análisis y omite el tratamiento de cuestiones trascendentales para la resolución del caso», dijeron Bruglia y Bertuzzi en el escrito de apelación a la Cámara presentado en paralelo por su abogado, Alejandro Carrió, y al que Juez y Parte tuvo acceso.

Los magistrados creen que Biotti se contradijo al citar en su sentencia los alcances de la resolución del Consejo de la Magistratura que envió sus casos al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) para que éste remitiera al Senado para cumplir con el procedimiento de nuevo acuerdo senatorial que ellos consideran que no es necesario pero a la vez decir que esa medida no los afecta porque aún no fueron corridos del cargo. Según Biotti el amparo no era la vía idónea para el reclamo pero trató el fondo del asunto y dijo que ser juez de una cámara de apelaciones no es lo mismo que serlo de un tribunal oral. Bruglia y Bertuzzi citaron ejemplos de otros traslados como los de ellos, aunque a la inversa (de camaristas a un tribunal oral), en los que no se requirió nuevo acuerdo del Senado. Entre ellos el de la fallecida juez Carmen Argibay, luego ministra de la Corte.

«Hoy la embestida inconstitucional contra las garantías de estabilidad e inamovilidad de los jueces la padecemos nosotros, mañana puede ser el turno de la jueza preopinante y pasado, quién sabe», dijeron a los camaristas los dos magistrados amparistas en alusión a Biotti. En otro amparo similar, un tercer juez en igual situación, Germán Castelli, debió recusar a la jueza a la que le tocó el caso porque es una secretaria subrogante y no cuenta con acuerdo del Senado para estar al frente del juzgado que ocupa. Este juez integra el tribunal oral que juzgará a Cristina Fernández de Kirchner en la llamada «causa de los cuadernos».

Antes de ser trasladados por decreto a la Cámara Federal, Bruglia y Bertuzzi se desempeñaban como jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 (TOCF4) porteño, cargo al que deberán volver si el Senado rechaza sus pliegos. El oficialismo ya rechazó en comisión una primera medida precautelar que había dictado Biotti para frenar el asunto con el argumento de que se trataba de una intromisión del Poder Judicial en el Legislativo. Ahora, el eventual conflicto de poderes sería con la Corte, un calibre distinto.

El Senado prevé aprobar esta semana el proyecto de reforma judicial enviado por el Poder Ejecutivo con algunos cambios y también se avanza en el Congreso con el posible enjuiciamiento del procurador general interino, Eduardo Casal. La oposición, que no acompaña la reforma, cree que se tratan de maniobras que tienen el objetivo común de limitar el accionar de la Justicia mientras la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner afronta procesos por cargos de corrupción durante sus presidencias.