La Corte volvió a decirle no a Boudou

Con el único voto del presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, y a sólo una semana del anterior pronunciamiento en el mismo sentido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a responder negativamente a un planteo del ex vicepresidente de la Nación, Amado Boudou, encarcelado y condenado a cinco años y ocho meses de prisión por el escándalo de la compra de la quebrada imprenta Ciccone Calcográfica durante la primera presidencia de Cristina Fernández y cuando él era el ministro de Economía.

No está de más recordar que Boudou es uno de los detenidos a los que algunos dirigentes kirchneristas consideran «preso político«. Sin embargo, su condena y prisión han sido validadas sucesivamente por varios jueces, incluida la más alta instancia del Poder Judicial, como sucedió indirectamente esta semana con el único juez en funciones en la Corte durante la pandemia. Falta que la Corte se expida sobre la condena en sí.

En su condición de juez de feria en el máximo tribunal -licencia que se extendió este miércoles en todos los tribunales nacionales por la pandemia del coronavirus COVID-19 hasta el domingo 12-, Rosenkrantz desestimó una presentación de los abogados defensores de Boudou tendiente a su liberación en el marco del recurso de queja planteado ante la Corte para que ésta revoque la sentencia dictada en su contra por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 (TOCF4) y confirmada por la sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.

Al igual que otros presos «famosos» y «comunes», el ex vicepresidente pidió ser excarcelado por temor a contagiarse intramuros el virus COVID-19 que tiene en cuarentena a casi todos los argentinos. Sin embargo, Boudou «no presenta patologías crónicas, ni tratamiento médico actual… no cursa enfermedad infectocontagiosa aguda, no presenta enfermedad predisponente en caso de infección de COVID-19… se encuentra compensado hemodinámicamente en buen estado general, a febril, y sin intercurrencias clínicas agudas», reseñó Rosenkrantz en base al informe médico del Servicio Penitenciario Federal (SPF) evaluado por el TOCF4.

Aún cuando citó lo dicho por el tribunal interviniente, Rosenkrantz sostuvo que los abogados defensores del ex funcionario kirchnerista, Alejandro Rúa y Graciana Peñafort, «no han demostrado que se encuentren configurados los presupuestos de habilitación de la feria establecidos en el artículo 4 del Reglamento de la Justicia Nacional y en los artículos 3 y 4 de la acordada 6/2020″ como para que su reclamo fuera tratado en tiempos de feria por coronavirus en la máxima instancia judicial.

El titular de la Corte señaló que los defensores de Boudou no lograron acreditar «un gravamen irreparable» que amerite la intervención de urgencia del máximo tribunal. «La cuestión atinente a la restricción de la libertad del causante Amado Boudou se encuentra, con el resto de los miles de asuntos que integran la agenda del Tribunal, actualmente sometida a consideración de los jueces de esta Corte», añadió Rosenkrantz. Es decir, después de la feria inesperada, sin fecha fija, será tratado su planteo.

«En caso de que el paciente presente síntomas sospechosos de contagio de Covid-19 será trasladado a un hospital extramuros con aislamiento«, recordó Rosenkrantz que había informado el SPF al TOCF4. «La emergencia sanitaria declarada en razón de la pandemia por el Covid-19 no comprende ninguno de los supuestos que posibilitan el otorgamiento automático de la excarcelación, por lo que no encuentro en las particularidades de este caso motivo alguno para dictar una decisión en el sentido pretendido por la defensa, más aún cuando esta parte tampoco efectuó análisis jurídico alguno en orden a encuadrar su situación dentro de las hipótesis previstas en el ordenamiento procesal», había dicho el juez Daniel Obligado, del TOCF4.

Lucio Fernández Moores

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