La Corte y el desaguisado de Boudou con Ciccone

Confirmaron que el pago por la expropiación de la imprenta debe ser en efectivo.
Amado Boudou envejecido. Fotomontaje: Neus van der Javo.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este jueves sendos recursos del Estado y confirmó un fallo que lo obliga a pagar en dinero en efectivo los 275 millones de pesos que le había «abonado» indirectamente a la empresa Ciccone Calcográfica al expropiarla ocho años y medio atrás con una quita de su deuda con el Fisco a modo de compensación. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) era su principal acreedor reconocido judicialmente. Actualizaciones mediante, la cifra asciende hoy a unos mil millones de pesos que se pagarán de acuerdo con las previsiones presupuestarias estatales, según dice el fallo, al que Juez y Parte tuvo acceso. El tema es quién los cobra. ¿Alejandro Vandenbroele?

El caso es emblemático por donde se lo mire ya que llevó a la cárcel al ex ministro de Economía Amado Boudou por su intervención a través de terceros en ese mismo expediente, el concurso de acreedores de Ciccone. A través de allegados compró la empresa dedicada a imprimir billetes de curso legal y la convirtió en la Compañía de Valores Sudamericana. Poco más de un año después, apenas convertido vicepresidente de la Nación de la mano de Cristina Fernández de Kirchner, el caso llegó a la prensa y Boudou fue denunciado, luego procesado y finalmente condenado en 2018 a una pena de cinco años y diez meses de prisión. Por una polémica y cuestionada decisión del juez Daniel Obligado el ex funcionario no cumple pena de prisión efectiva en una cárcel.

Boudou no solo se transformó así en el primer vicepresidente de la Nación en ejercicio procesado por un hecho de corrupción y condenado luego por ello sino también en un caso emblemático del lawfare denunciado por la ex presidenta y actual vicepresidenta tras dejar el poder en diciembre de 2015 y pasarlo a la coalición opositora liderada por Mauricio Macri. Fue filmado en calzoncillos mientras era detenido de madrugada en su casa por efectivos de la Prefectura y por orden del juez federal Ariel Lijo, el mismo que lo había procesado aún en funciones y que estaba bajo investigación en el Consejo de la Magistratura nacional por su situación patrimonial. La escena se vio en la televisión.

Ciccone había sido salvada de la quiebra que la propia AFIP había pedido en un caso inédito por un fondo de inversión (The Old Fund) que presidía el abogado Alejandro Vandenbroele. El caso había tomado más color por su pelea conyugal pero después se arrepintió en una causa penal paralela y fue protegido por el Estado durante el gobierno de Macri. Ahora podría ser él el beneficiado aunque se supone que en principio el dinero debiera ir al acreedor AFIP si es que Ciccone vuelve ahora al estado de deudor del Fisco.

Con la firma de sus cuatro miembros el máximo tribunal sostuvo que el Estado apenas expresó sus críticas al fallo de la sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial pero sin agregar nueva argumentación para habilitar la revisión de la sentencia en la última instancia judicial. «No contiene una crítica concreta y razonada de todos y cada uno de los argumentos en que se sustenta el fallo que se impugna», dijo la Corte sobre la apelación del Estado.

«Solo se limita a poner de manifiesto la disconformidad con lo resuelto mediante la aseveración de una determinada solución jurídica contraria a la propuesta en el pronunciamiento recurrido, sin desvirtuar los fundamentos que dan basamento a la sentencia apelada ni demostrar -en términos que formen convicción- de qué manera ella permite echar por tierra las motivaciones que respaldan la decisión que causa agravio», añadió el fallo de la Corte, al que Juez y Parte tuvo acceso.

Fetén fetén

De acuerdo con los jueces de la Corte y sus predecesores de la cámara de apelación, Ciccone, representada en el caso por la sindicatura de su concurso de acreedores transformado luego en quiebra, no prestó su conformidad al pago de la indemnización por la expropiación a través de otra vía que no fuera el dinero en efectivo, como lo fue en este caso la condonación de su deuda con el Fisco.

«La excepción a la regla según la cual el pago de la suma expropiatoria debe efectuarse en ‘dinero en efectivo’ solo podría tornarse operativa si el sujeto expropiado prestara su conformidad con una modalidad de pago diferente a aquella (artículo 12 de la ley 21.499), situación que al no haber acontecido en el presente caso obstaba a apartarse de la solución legal prevista sobre el punto», sostuvo la Corte al reseñar lo dispuesto por el tribunal inferior.

No está de más recordar que la expropiación de Ciccone aprobada por el Congreso con la mayoría kirchnerista de aquel entonces fue interpretada como la solución oficial para apagar el escándalo que ponía incómodo al segundo mandato de gobierno de Cristina Fernández de Kirchner apenas iniciado y que también provocó, a instancias del propio Boudou, la renuncia del entonces procurador general de la Nación, Esteban Righi.